Physical Address
304 North Cardinal St.
Dorchester Center, MA 02124
Physical Address
304 North Cardinal St.
Dorchester Center, MA 02124

Esta semana, en The Transatlantic Ledger nos ocupamos intensamente de una posible prohibición del partido Alternativa para Alemania (AfD). La política del SPD Carmen Wegge, de Baviera, respaldó la reciente moción presentada en el Bundestag alemán. En la segunda parte de nuestra entrevista, subraya por qué es necesario actuar y explica cómo responde a sus críticos.
The Transatlantic Ledger: Qué riesgos ve usted si se renuncia a un procedimiento de prohibición?
Carmen Wegge: Si, a pesar de los hallazgos disponibles, renunciamos de manera permanente a un procedimiento de prohibición, asumimos el riesgo de que un partido que actúa de forma demostrada contra la dignidad humana, el principio democrático y el Estado de derecho pueda ampliar sus posiciones institucionales de poder y debilitar el Estado democrático desde dentro. Ya estamos viendo cómo la AfD, en los parlamentos y otras instituciones, intenta bloquear procedimientos, sabotear las convenciones democráticas y socavar la confianza en el Estado de derecho.
Al mismo tiempo, observamos un aumento de la violencia racista y de motivación de extrema derecha, en la que una y otra vez se hacen evidentes vínculos con políticos o narrativas de la AfD, así como una intimidación y una exclusión crecientes de minorías, políticos locales y ciudadanos comprometidos. El mensaje que enviaría la inacción sería fatal. Eso indicaría que incluso los ataques masivos contra el orden fundamental libre y democrático quedan sin consecuencias. Desde mi punto de vista, la Ley Fundamental exige de nosotros que nos tomemos en serio los instrumentos de la democracia militante y que no actuemos únicamente cuando el daño ya se haya vuelto irreparable.
Qué importancia tiene un enfoque transpartidista en esta cuestión?
Un enfoque transpartidista es fundamental para mí, porque una moción a favor de un procedimiento de prohibición de partido no debe presentarse como el proyecto de un único partido, sino como expresión de la responsabilidad compartida de todas las fuerzas democráticas para la protección de nuestra Constitución. Ya en la anterior legislatura, en una moción colectiva presentada junto con colegas de distintos grupos parlamentarios (CDU, SPD, Verdes, Die Linke, SSW), solicitamos que se iniciara un procedimiento para declarar la inconstitucionalidad de la AfD conforme al artículo 21.
Las elecciones anticipadas al Bundestag impidieron entonces que esta moción se sometiera a votación. Con el nuevo dictamen pericial de la GFF, volvemos a comprobar que se cumplen los requisitos jurídicos, y considero importante que el Bundestag, el Bundesrat y el gobierno federal deliberen y decidan conjuntamente sobre esta cuestión. Un procedimiento de prohibición de partido debe prepararse con rigor conforme al Estado de derecho y, al mismo tiempo, gozar de una amplia legitimidad política.
Qué responsabilidad tiene el Bundestag alemán en este procedimiento?
Junto con el Bundesrat y el gobierno federal, el Bundestag es uno de los tres órganos constitucionales facultados para presentar ante el Tribunal Constitucional Federal una solicitud de declaración de inconstitucionalidad de un partido. El Tribunal Constitucional Federal no puede actuar por iniciativa propia. Como representación elegida del pueblo, el Bundestag tiene la tarea de proteger el orden fundamental libre y democrático y de aprender de la historia que la democracia puede verse amenazada no solo por enemigos externos, sino también internos. Esta responsabilidad significa que no podemos escudarnos en cuestiones jurídicas de detalle, sino que debemos tomar la decisión política de si, a la vista de los hallazgos disponibles, abrimos el camino hacia Karlsruhe. En el SPD, en nuestro congreso del partido, nos hemos pronunciado claramente a favor de que los órganos constitucionales facultados para presentar la solicitud creen ya las condiciones necesarias para poder presentar una solicitud de declaración de inconstitucionalidad de la AfD en cuanto se cumplan los criterios jurídicos. El Bundestag no puede eludir esta responsabilidad.
Qué repercusiones tendría una prohibición de partido exitosa en la cultura democrática de Alemania?
Una prohibición de partido exitosa supondría un cambio profundo, pero, desde mi punto de vista, sería sobre todo una señal clara de que nuestra democracia está dispuesta a defenderse frente a enemigos organizados de la Constitución. Demostraría que la garantía de la dignidad humana, el principio democrático y las estructuras fundamentales del Estado de derecho no son meros llamamientos sin carácter vinculante, sino límites claros que también se aplican a los partidos que pueden alegar el respaldo de numerosos votantes. Al mismo tiempo, una prohibición afectaría a las estructuras de la AfD, limitando así su capacidad institucional para infiltrarse en las instituciones democráticas y bloquearlas. Se pueden prohibir partidos y organizaciones, pero no ideas, y la ideología de extrema derecha no desaparece únicamente por una sentencia judicial. Por ello, un procedimiento de prohibición debe integrarse siempre en un enfoque más amplio orientado a fortalecer la cultura democrática, la educación cívica, la prevención del extremismo, el apoyo a las personas afectadas por el odio y la violencia, una persecución penal coherente y una política que tome en serio las fracturas sociales. Si empleamos el arma más contundente de la democracia militante, debemos mostrar al mismo tiempo que la democracia no es un orden frágil, sino una comunidad fuerte, capaz de aprender y solidaria.
Cómo explicaría usted a observadores internacionales que una prohibición de partido puede ser compatible con una democracia liberal?
En primer lugar, señalaría que las prohibiciones de partidos en Alemania están concebidas como ultima ratio, como el último recurso de una democracia militante, desarrollado históricamente a partir de las experiencias de Alemania con la República de Weimar y el nacionalsocialismo. Nuestra Ley Fundamental otorga a los partidos una posición excepcionalmente sólida, ya que están llamados a participar de forma duradera en la formación de la voluntad política, y los protege frente a una injerencia estatal arbitraria. Precisamente por ello, sin embargo, también establece límites claros cuando los partidos utilizan esta posición privilegiada para destruir el orden democrático.
La decisión sobre una prohibición de partido no corresponde ni al gobierno ni al Parlamento, sino únicamente al Tribunal Constitucional Federal, que examina de manera independiente si un partido pretende suprimir el orden fundamental libre y democrático. Un procedimiento de este tipo es transparente, respetuoso del Estado de derecho y está sujeto a exigencias elevadas. No se trata de reprimir opiniones incómodas, sino de proteger los derechos y libertades fundamentales de todas las personas, en particular de las minorías, frente a un partido que las ataca de manera sistemática. Estoy convencida de que una democracia liberal no resulta creíble si deja actuar sin trabas a fuerzas extremistas que trabajan para abolirla. Debe proteger su propia apertura, para no acabar derivando en condiciones autoritarias.

Qué lecciones pueden extraerse de los anteriores procedimientos de prohibición del NPD?
Los procedimientos contra el NPD han demostrado que los procedimientos de prohibición de partido son jurídicamente muy exigentes y pueden fracasar si no se respetan estrictamente los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional Federal, ya sea porque las pruebas no son independientes del Estado o porque no puede acreditarse suficientemente la amenaza para el orden democrático. En el primer procedimiento contra el NPD, la cuestión de los V-Leute (informantes remunerados por el Estado) resultó problemática. Como no estaba claro si informantes estatales habían influido en las actividades del partido, el Tribunal consideró que se había vulnerado la necesaria independencia de las pruebas respecto del Estado. En el segundo procedimiento, el Tribunal Constitucional Federal constató que el NPD era claramente inconstitucional, pero no apreció un potencial actual para eliminar el orden fundamental libre y democrático, por lo que renunció a decretar la prohibición. El partido era, por tanto, demasiado pequeño e insignificante. Para un procedimiento contra la AfD, esto significa que debemos examinar con sumo cuidado si el partido no solo defiende objetivos inconstitucionales, sino que también representa una amenaza real para el orden democrático, y que necesitamos un conjunto de pruebas que sea a la vez independiente del Estado, amplio y sólido.
Qué papel desempeña la protección de las minorías y de la dignidad humana en el debate actual?
La protección de la dignidad humana y de los derechos de las minorías está en el centro del debate, porque es precisamente estos principios fundamentales lo que la AfD ataca de manera sistemática. El dictamen pericial de la GFF y numerosos informes muestran que la AfD intimida, excluye, desprecia y busca devaluar jurídicamente de forma deliberada a las personas con antecedentes migratorios, a los musulmanes, a los solicitantes de protección, a las personas trans y a otros grupos, con el fin de excluirlos del proceso de formación de la voluntad política. Su política no se dirige, por tanto, solo contra valores constitucionales abstractos, sino contra personas concretas, cuya seguridad, participación y dignidad se ven directamente amenazadas. La Ley Fundamental considera la dignidad humana como intangible y exige al Estado que la proteja. Un procedimiento de prohibición de partido es uno de los instrumentos con los que podemos cumplir con este mandato de protección cuando un partido lo vulnera de forma abierta y persistente. Como socialdemócrata, me importa que no hablemos solo sobre las minorías, sino con ellas, que tomemos en serio sus perspectivas y que dejemos claro que un procedimiento contra la AfD no es un acto de política de poder, sino un paso hacia la protección de aquellos cuyos derechos y dignidad se ven amenazados por este partido.
Cómo valora usted el equilibrio entre la libertad de expresión y la protección del orden fundamental libre y democrático?
La libertad de expresión es un derecho fundamental de nuestra democracia y se aplica, por supuesto, también a las críticas políticas impopulares o duras. Sin embargo, encuentra su límite allí donde comienzan los ataques deliberados contra la dignidad humana y contra las condiciones de funcionamiento del orden democrático. Quien se sirve de la democracia para destruirla no puede invocar la protección de la libertad de expresión. El debate sobre la AfD no consiste, por tanto, en prohibir posiciones conservadoras o críticas de derechas legítimas, sino en determinar si un partido trabaja de manera metódica para vaciar de contenido la garantía de la dignidad humana, perseguir a opositores políticos y deslegitimar las instituciones democráticas. Un procedimiento de prohibición de partido no es un medio para sancionar opiniones, sino un instrumento para proteger al Estado constitucional frente a actores que buscan abolirlo. El límite se sitúa precisamente allí donde la opinión se convierte en un ataque organizado contra la democracia.
Qué consecuencias tendría un fracaso del procedimiento de prohibición?
El fracaso de un procedimiento de prohibición sería, sin duda, un duro golpe, ya que podría ser malinterpretado por la AfD como una absolución con fines propagandísticos y utilizado para una mayor movilización, aunque una sentencia judicial suele ser, en realidad, considerablemente más matizada. Podría dar a una parte de la opinión pública la impresión de que ni siquiera un extremismo de derecha ampliamente documentado conlleva consecuencias jurídicas, debilitando así la confianza en la capacidad de actuación del Estado de derecho. Al mismo tiempo, no debemos olvidar que un procedimiento puede arrojar constataciones importantes incluso en caso de fracaso, de forma similar al segundo procedimiento contra el NPD, en el que el Tribunal Constitucional Federal declaró claramente la inconstitucionalidad del partido, si bien renunció a decretar su prohibición. Un posible fracaso hace que resulten aún más importantes una preparación minuciosa, la incorporación de asesoramiento experto independiente y una evaluación realista de las posibilidades de éxito.
Qué otras medidas deberían adoptarse contra el extremismo, con independencia de un procedimiento de prohibición?
Con independencia de un procedimiento de prohibición, es necesario un amplio conjunto de medidas contra el extremismo de derecha, que combine prevención, represión, fomento de la democracia y protección de las personas afectadas. Esto incluye la persecución penal sistemática de los delitos motivados por el extremismo de derecha, la ampliación de unidades especializadas dentro de la policía y la fiscalía, así como sanciones más severas, en particular frente a los delitos de odio en internet. Debemos desarticular las redes de extrema derecha recurriendo a la prohibición de asociaciones, aplicando con rigor la legislación sobre armas y cortando las fuentes de financiación. Al mismo tiempo, resulta esencial proteger a las instituciones democráticas frente a la infiltración, por ejemplo mediante reformas de los reglamentos internos de los parlamentos, normas más estrictas para el acceso a posiciones de poder y consecuencias disciplinarias claras para los funcionarios con convicciones contrarias a la Constitución. Otro eje fundamental es el fortalecimiento a largo plazo de la competencia democrática mediante la educación cívica, programas de alfabetización mediática contra la desinformación, el apoyo a proyectos de la sociedad civil y la protección de los políticos locales, los voluntarios y las minorías frente a las amenazas y la violencia.
Cómo debería el gobierno federal fortalecer de manera sostenible la confianza en las instituciones democráticas?
El gobierno federal puede fortalecer la confianza en las instituciones democráticas actuando de manera transparente, estableciendo prioridades claras para la protección del orden fundamental libre y democrático, e integrando de forma visible a las personas en toda su diversidad. Para ello, en primer lugar, debe dejar claro que los ataques contra la dignidad humana, el racismo, el antisemitismo, la hostilidad hacia el islam y otras formas de odio contra determinados grupos no se aceptan y se persiguen de manera sistemática. Además, debería evitar tratar los instrumentos de la democracia militante como un tabú, y en su lugar explicar abiertamente por qué y bajo qué condiciones se emplean.
También es importante que el gobierno federal, junto con los Länder y los municipios, invierta en la ampliación de estructuras de asesoramiento y apoyo para las personas afectadas por el odio y la violencia, fortalezca la democracia local y garantice a largo plazo la financiación de los programas contra la radicalización. ¡Y también se trata de justicia social! Cuando las personas comprueban que el Estado se esfuerza por ofrecer vivienda asequible, una buena educación, una atención sanitaria fiable y condiciones laborales justas, la confianza en las instituciones democráticas crece, y las ofertas extremistas pierden atractivo.
Qué mensaje le gustaría transmitir a los ciudadanos y ciudadanas que se muestran escépticos ante este procedimiento?
Un procedimiento de prohibición de partido no es un paso sencillo ni un atajo en la competencia política, sino un último recurso al que solo debemos recurrir cuando se cumplan claramente los requisitos jurídicos. El escepticismo resulta, por ello, comprensible e importante, ya que nos recuerda actuar con rigor y responsabilidad, tomar en serio la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal y dejar en un segundo plano las consideraciones partidistas. Al mismo tiempo, pido que se tome conciencia de la realidad de la AfD. No se trata de un partido de oposición «normal», sino de una organización que ataca de manera sistemática la dignidad humana, la democracia y el Estado de derecho, y cuyo fortalecimiento ya está teniendo, en la actualidad, consecuencias concretas para las personas afectadas por el odio y la violencia, así como para nuestras instituciones. La Ley Fundamental no nos otorgó la posibilidad de prohibir un partido sin motivo. Una mirada a la historia de nuestro país nos recuerda que debemos recurrir a esta posibilidad cuando la democracia se encuentra seriamente amenazada. Y precisamente en esta situación es en la que muchos expertos independientes consideran que nos encontramos hoy.
En su opinión, ¿qué acontecimientos serán decisivos para el debate en los próximos meses?
Será decisivo cómo aborden los órganos constitucionales facultados para presentar la solicitud esta nueva base de conocimientos, en particular el dictamen pericial de la GFF. Espero que estos órganos se ocupen de la cuestión de manera oportuna y estructurada, evaluando si deben constituir un grupo de trabajo entre la Federación y los Länder, recopilar sistemáticamente pruebas y encargar a peritos independientes que examinen las perspectivas de éxito de una solicitud ante Karlsruhe. También será importante cómo resuelva el Tribunal Contencioso-Administrativo de Colonia, en el fondo del asunto, sobre la clasificación de la AfD como extrema derecha confirmada, ya que esta sentencia clarificará aún más la situación jurídica de partida. Al mismo tiempo, la propia evolución política de la AfD también desempeñará un papel. Nuevos pasos de radicalización, nuevos casos de terrorismo de extrema derecha vinculados a la AfD, cambios en su dirección y sus actividades en los parlamentos y en la calle influirán en esta valoración.
Imagen de portada: Stefan Brix
«Puede consultar aquí la primera parte de nuestra entrevista con Carmen Wegge.